CBD
En cumplimiento del Artículo 19, párrafo 3 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Conferencia de Partes, a través de la decisión II/5, creó un Grupo de Trabajo Especial sobre Seguridad de la Biotecnología de composición abierta, al cual le encargó la elaboración de un proyecto de protocolo sobre seguridad de la biotecnología que debía centrarse en particular en los movimientos transfronterizos de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que pudieran tener efectos adversos en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica.


El Grupo de Trabajo Especial de composición abierta sobre Seguridad de la Biotecnología se reunió seis veces entre 1996 y febrero de 1999. En su conclusión, El Grupo de Trabajo presentó un texto boceto del Protocolo, y remarcó también las preocupaciones de las Partes, para su consideración en la Conferencia de Partes en su primera reunión extraordinaria, se reunieron con el propósito de adoptar un protocolo sobre la seguridad de la biotecnología en el Convenio sobre Diversidad Biológica.

Según la decisión IV/3, el 22 de febrero de 1999 se inauguró en Cartagena, Colombia la primera reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes. La Conferencia de las Partes no pudo completar el trabajo dentro del tiempo previsto. En consecuencia, por la decisión EM-I/1, la Conferencia de las Partes levantó su primera reunión extraordinaria y acordó retomar la sesión en breve y a más tardar antes de la fecha prevista para su quinta reunión ordinaria.

La sesión reanudada se celebró en Montreal entre el 24 y el 29 de enero de 2000, precedida por una serie de consultas informales regionales e interregionales realizadas entre el 20 y el 23 de enero de 2000 en la misma ciudad. El 29 de enero de 2000, la Conferencia de Partes, a través de su decisión EM-I/3, adoptó el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica y aprobó disposiciones provisionales que debían regir hasta tanto no entrara en vigencia el Protocolo. Estableció un Comité Intergubernamental especial para el Protocolo Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología (CIPC), de composición abierta, para que se encargara de las preparaciones necesarias para la primera reunión de las Partes del Protocolo.

Prot Cartag
El 29 de enero de 2000, la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre Diversidad Biológica adoptó un acuerdo complementario al Convenio que se conoce con el nombre de Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. El Protocolo busca proteger la diversidad biológica frente a los riesgos potenciales que presentan los organismos vivos modificados que resultan de la aplicación de la tecnología moderna. Establece un procedimiento de acuerdo fundamentado previo (AIA) para garantizar que los países cuenten con la información necesaria para tomar decisiones fundamentadas antes de aprobar la importación de tales organismos a su territorio. El Protocolo hace referencia al Enfoque de precaución y reafirma el principio de precaución consagrado en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. El Protocolo también establece un Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología para facilitar el intercambio de información sobre organismos vivos modificados y asistir a los países en la aplicación del Protocolo.


El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica es un tratado internacional que administra los movimientos de un país hacia otro de organismos vivos modificados (OVMs) que resultan de la aplicación de la tecnología moderna. Fue adoptado el 29 de enero de 2000 como un acuerdo complementario al Convenio sobre Diversidad Biológica, y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003.

Fuente: http://bch.cbd.int/protocol/background/

 

¿Qué es el Protocolo de Cartagena?

Este Convenio es el principal instrumento internacional para todos los asuntos relacionados con la diversidad biológica. Proporciona un enfoque completo para la conservación de la diversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la participación de los beneficios provenientes del uso de recursos genéticos.

¿Cuáles son sus objetivos?

  • Contribuir a un uso seguro de los organismos vivos modificados
  • Ámbito movimiento transfronterizo
  • Aplicar el procedimiento de Acuerdo Fundamentado Previo

¿Cuál es su contenido?

40 artículos que hablan del uso de los Organismos Vivos Modificados (OVMs):

  • Uso confinado
  • Procedimiento para su movimiento transfronterizo (importación y exportación).
  • Manipulación, transporte, envasado e identificación.
  • Requisitos para los OVMs destinados para uso como alimento humano, animal o para procesamiento
  • Evaluación y Manejo de Riesgo
  • Intercambio de información sobre OVMs y avisos.
  • Conciencia pública, onsideraciones Sociales y económicas de su uso.
  • Creación de capacidades

¿Quiénes lo obedecen?

Todos los países “parte” es decir, los países que lo han firmardo y los que no siendo parte desean comercian con los que lo han aceptado.

 


 

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