Con fundamento en:

Con fundamento en los artículo 108 párrafo segundo de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM); 53 del Reglamento de la LBOGM; y 28 fracción II inciso a y g, y XIV del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, se establece que la Cibiogem elaborará y publicará en su portal de internet los informes anuales de la situación general existente en el país en materia de bioseguridad, considerando al menos las estadísticas derivadas de la información comprendida en el Registro sobre solicitudes, permisos, autorizaciones y avisos, así como aquella información sobre las acciones implementadas en cumplimiento del Protocolo de Cartagena, así como del Programa Anual de Trabajo de la CIBIOGEM.

 

Informes anuales de la situación general existente en el país en materia de Bioseguridad


 

Se presentan los siguientes informes anuales:

Informes de actividades de la Secretaría Ejecutiva de la Cibiogem


 

 


 

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