Guía de Exbecarios

Para realizar el trámite de conclusión de la beca de los apoyos otorgados por la Coordinación de Apoyos a Becarios e Investigadores

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Marco Normativo

La H. Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías, como máximo Órgano consultor del Conahcyt, aprobó en su sesión del mes de marzo del 2004 una Nueva Política de Becas, mediante acuerdo AS-VIII-09/04, en la que se eliminó el concepto de la beca-crédito, en virtud de que el propósito de otorgar una beca de carácter público, con financiamiento proveniente de los recursos que la sociedad aporta al Gobierno Federal, es el medio para alcanzar la formación de científicos y tecnólogos que permite consolidar la capacidad científica y tecnológica del país, y conlleva para el becario la obligación de retribuir a la sociedad la formación adquirida.

Conforme la normatividad vigente, el trámite de conclusión de la beca, es de observancia obligatoria para las instancias encargadas de la conducción y operación del Programa de Fomento, Formación, Desarrollo y Vinculación de la Comunidad Científica de Alto Nivel del Conahcyt y para quienes estén recibiendo o pretendan recibir los apoyos o beneficios que derivan del mismo.

Sobre la Conclusión de la Beca, el Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías señala:

ARTICULO 27. A petición de parte, el becario podrá obtener la Carta de Reconocimiento que certifica que ha cumplido con el objeto de beca cuando haya obtenido la constancia de los estudios realizados, el grado académico, o concluido el proyecto para el cual le fue autorizada la beca, y haya presentado a CONAHCYT la información y documentación que lo acredite.

En caso de que el becario haya realizado sus estudios o una estancia en el extranjero, además de lo previsto en el párrafo anterior, deberá haber regresado al país para contribuir al desarrollo nacional, conforme a lo establecido el artículo 28 del presente Reglamento.

Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías

ARTICULO 28. El becario que haya realizado sus estudios o una estancia en el extranjero, deberá acreditar su regreso al país y cumplirá lo siguiente:

I. Que ingresó y ha mantenido su residencia en México por un plazo mínimo de seis meses a partir de esa fecha;
II. Que está desarrollando actividades profesionales en México; y/o que está colaborando o prestando servicios con instituciones, entidades u organismos públicos y/o privados en el país.

Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías

ARTICULO 30. En los casos en que el beneficiario de la beca no tenga adeudos con el CONAHCYT, podrá solicitar que se le expida la Carta de No Adeudo.

Reglamento de Becas del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías

Por lo que, al cumplir con el objeto de la beca, el interesado deberá solicitar:

Carta de Reconocimiento

Documento que se expide a petición del Exbecario por el cual se hace constar que cumplió con el objeto para el cual se le otorgó la beca, lo que implica también que no tiene adeudos con CONAHCYT.

En caso de no haber cumplido con el objeto de la beca, el interesado deberá solicitar:

Carta de No Adeudo

Documento expedido por el CONAHCYT a solicitud de parte para acreditar que el becario cuya beca fue suspendida, cancelada con término anticipado o no fue ejercida, ha quedado liberado de responsabilidades económicas frente al CONAHCYT. Es requisito para solicitar apoyos posteriores en cualquier programa del Consejo.

  • Mayor información sobre la normatividad del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías:
    Normatividad Institucional

Requerimientos técnicos

Requerimientos técnicos para realizar el trámite conclusión de Beca:

Antes de iniciar su trámite deberá actualizar su CVU registrando cualquier cambio en sus datos personales, académicos y adicionales. Le pedimos verificar que la dirección de correo electrónico registrada en la plataforma esté activa para que reciba las notificaciones del proceso de conclusión de la beca.

En la plataforma PeopleSoft se encuentran registradas las becas asignadas en el año 2018 y anteriores, por ello, si su apoyo fue asignado en esos años, deberá realizar su trámite de conclusión de la beca en dicha plataforma. Si su apoyo fue otorgado después de 2018, el trámite deberá realizarlo en la plataforma MIIC.

  • El trámite en la plataforma PeopleSoft deberá hacerse a través del navegador Mozilla Firefox.
  • El trámite en la plataforma MIIC deberá hacerse a través del navegador Google Chrome.
  • Si usted es becario vigente o si su apoyo se encuentra suspendido no podrá realizar su trámite de conclusión de beca.
  • Las plataformas no están diseñadas para consultarse en Tablet, Smartphone o cualquier otro dispositivo móvil.
  • Su funcionamiento óptimo es a través del Sistema Operativo Windows.

En ambos casos, es necesario:

  • Desbloquear los elementos emergentes desde el explorador de Internet (Herramientas > opciones de Internet > privacidad).
  • Eliminar las cookies.
  • Eliminar el historial de navegación.

Requisitos documentales

Se enlistan los documentos de manera enunciativa mas no limitativa. Dependiendo de la Convocatoria en la que se haya participado y de los procesos administrativos de las Universidades o Centros de Investigación, los requisitos documentales pueden cambiar:

Documentos probatorios de la obtención del grado:

  1. Título. Debe especificar la fecha en la que se aprueba el examen de grado, que es diferente a la fecha en que se emite el documento.
    1. Título físico: escaneado por ambos lados, debe contener todas las firmas y sellos.
    2. Título electrónico: debe contener las firmas electrónicas y código QR o de barras para su verificación.
  2. Acta de examen. Debe especificar la fecha en la que se aprueba el examen. En caso de que el acta no cumpla con los requisitos establecidos por el Conahcyt, también se deberá adjuntar el documento normativo de su institución que informa los elementos que le dan validez al acta.
    1. Acta de examen en formato físico: en hoja membretada, con foto, número de folio, sellada y firmada por todos los participantes en el examen.
    2. Acta de examen electrónica: debe contener número de folio, las firmas electrónicas y código QR o de barras para su verificación.
  3. Constancia de exención de examen. Debe especificar la fecha en la que se confiere el grado y la modalidad de titulación (debidamente registrada en el SNP y que es diferente a la presentación del examen de grado), programa y título obtenido; se requiere que esté impresa en hoja membretada, sellada y firmada.
  4. Transcript. Se deben escanear la totalidad de hojas que integran el documento. Aplica únicamente para becarios al extranjero.
  5. Título sustitutorio. Aplica únicamente para becas a España.
  6. Constancia de Término de Estudios emitida por la Dirección de Vocaciones Científicas y SNI. Aplica exclusivamente para estancias posdoctorales, sabáticas, repatriaciones y retenciones nacionales o al extranjero registradas en el sistema MIIC.

Si el idioma en el que se encuentra escrito cualquiera de los documentos antes descritos es diferente al español o al inglés, deberá contener la traducción oficial. No se aceptará documentación diferente a la antes descrita, a menos que le sea requerida por el Conahcyt al Becario.

Documentos probatorios del cumplimiento del artículo 28 del Reglamento de Becas:

  1. Ingreso y permanencia en el país:
    1. Pasaporte mexicano escaneado en sus 32 páginas. Deben ser visibles los sellos de salida y de regreso al país en fechas posteriores al término de vigencia de la beca. De lo contrario no será aceptado para acreditar el regreso y permanencia en el país.
    2. Constancia de flujo migratorio. En la que se detallen las salidas e ingresos de los 6 (seis) meses en fechas posteriores al término de vigencia de la beca. Este documento lo emite la Dirección General de Control y Verificación Migratoria del Instituto Nacional de Migración, y se debe solicitar a través de un oficio. Este trámite es totalmente independiente del Conahcyt.

En algunos casos, podrán requerirse ambos documentos o un documento diferente si el pasaporte o la constancia no dan certeza del ingreso y permanencia del becario en el país.

  1. Realización de actividades profesionales en México:
    1. Constancia de labores en hoja membretada y sellada, expedida por el área de recursos humanos de la empresa o institución para la cual presta sus servicios. Deberá contener RFC, CURP, registro de IMSS, ISSSTE o equivalente y fecha de ingreso. Se debe acompañar de la representación PDF de los recibos de nómina de seis meses de labores (con sello de verificación CFDI), a los cuales se les puede borrar el monto percibido.
    2. En caso de ser trabajador independiente deberá presentar copia del o los contratos de prestación de servicios acompañado de la representación PDF de los recibos electrónicos de honorarios de seis meses de labores (con sello de verificación CDFI), a los cuales se les puede borrar el monto percibido.
    3. En caso de colaboraciones no remuneradas con Instituciones en el país deberán presentar el Convenio de colaboración emitido por el área jurídica de la institución o empresa. En dicho convenio, se deben especificar las actividades a desarrollar, el tiempo en el que se realizaron, así como los resultados esperados y el lugar en el que se realizó la colaboración (dentro de México).
      • En este rubro no se aceptan cartas de profesores investigadores que amparen una colaboración o proyecto.
      • No se aceptan publicaciones en medios nacionales o internacionales, constancias de congresos o cursos que no estén debidamente estipulados en un convenio de colaboración.
      • No se aceptan colaboraciones a distancia, es decir, que el becario esté fuera del país colaborando con instituciones o empresas nacionales.
  2. Realización de servicios profesionales en el extranjero. Para los becarios que presten sus servicios profesionales en embajadas o consulados de México en el extranjero, podrán acreditar el cumplimiento del artículo 28, con las actividades laborales que desempeñen dentro de dichas representaciones. Por lo que deberá entregar la siguiente documentación:
    1. Nombramiento oficial como servidor público de la Embajada o Consulado de México en el país sede.
    2. Constancia de labores con al menos 6 meses de antigüedad como prestador de servicios en dicha representación. En hoja membretada y sellada.
    3. Recibo de nómina comprobando seis meses de ingresos, a los cuales se les puede borrar los montos percibidos.

Las actividades para acreditar el regreso al país (becarios al extranjero) y las de retribución social (becarios nacionales), se deben realizar dentro del ámbito de formación y de conocimiento adquiridos con el apoyo que se desea concluir.

Si el becario no demuestra su regreso y residencia en México, los trabajos a distancia o virtuales no serán considerados para acreditar el cumplimiento a la fracción segunda del artículo 28 del Reglamento de Becas.

Para mayor información de los pasos a seguir para concluir su apoyo, se debe revisar el procedimiento del trámite de conclusión de beca correspondiente (véase más abajo el apartado Procedimientos para realizar el trámite de conclusión de beca).

La documentación que se cargará en las plataformas deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar escaneada en formato PDF. No se aceptan fotografías convertidas a PDF, ni reducciones, ni escaneos desde aplicaciones móviles. El escaneo de los documentos deberá realizarse a color, por ambos lados del documento y desde el documento original.
  • Nombrar los archivos sin acentos y sin caracteres especiales (ej. %&/).
  • El tamaño de cada archivo no debe ser mayores a 2MB.

Recuperación de usuario, firma electrónica y contraseña

Es importante mencionar que la recuperación de usuario, contraseña (ambas plataformas) y firma electrónica (Sistema PeopleSoft), no se realiza en el Departamento de Exbecarios. Si tiene algún problema para acceder o navegar en cualquier plataforma electrónica deberá contactar al Centro de Soporte Técnico del Conahcyt.

Para recuperar la firma electrónica del sistema PeopleSoft podrá revisar la Guía para el registro o recuperación de la Firma electrónica del sistema PeopleSoft, en caso de tener alguna duda o complicación, por favor contactar al Centro de Soporte Técnico.

Asistencia telefónica del Centro de Soporte Técnico

Ciudad de México y área metropolitana:
555322 7708

Interior de la República:
800 800 8649

Del extranjero:
(52) 55 5322 7708

Correo electrónico:
cst@conahcyt.mx

El horario de atención del Centro de Soporte Técnico es de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

Procedimientos para realizar el trámite de conclusión de beca

Debido a que nuestros procesos se encuentran constantemente supervisión de la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de la Función Pública, todas las solicitudes se atienden conforme a fecha de envío o reenvío al sistema, y por ningún motivo se hará omisión a éste orden. El tiempo de respuesta del trámite es de 30 días.

Si el procedimiento correspondiente a su apoyo no aparece en este listado, deberá escribir al correo conclusiondebeca@conahcyt.mx, para que le informen sobre el trámite a seguir, o le canalicen con el personal que atenderá su solicitud.

Estos procedimientos corresponden a las Becas y Apoyos otorgados exclusivamente por la Coordinación de Apoyos a Becarios e Investigadores (CABI) -antes Dirección Adjunta de Posgrado y Becas-, sí su apoyo fue otorgado por una instancia diferente, deberá contactar al responsable de la convocatoria o proyecto que dio origen al apoyo para conocer el procedimiento de conclusión.

Puede revisar los videos para realizar el trámite en el sistema MIIC en la siguiente liga:

Becario en Incumplimiento

Se considerará como Becario en Incumplimiento a la persona beneficiada con cualquier modalidad de beca, que haya suspendido de forma definitiva sus estudios, estancia o proyecto a desarrollar, vencido el periodo de la beca, que haya faltado a las obligaciones establecidas a los becarios una vez formalizada la beca, o haya omitido realizar el trámite de conclusión de beca.

Para regularizar su situación ante el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías el interesado puede:

  • Obtener el grado en la Institución y Programa de estudios establecido en el Convenio de Asignación de Beca (CAB) que el becario firmó. De conformidad con el artículo 27 del Reglamento de Becas del Conahcyt; deberá solicitar la Carta de Reconocimiento conforme a las indicaciones en el punto 5 de la presente guía; o bien
  • Realizar el reintegro del monto total recibido por concepto de la Beca a la Tesorería de la Federación por conducto del Conahcyt. Para ello, deberá solicitar la información del recurso a reintegrar a los correos electrónicos ycruz@conahcyt.mx y conclusiondebeca@conahcyt.mx, mencionando nombre completo, número de CVU y los datos generales del apoyo recibido; en respuesta, recibirá los pasos a seguir. Una vez que el Departamento de Exbecarios acuse de recibo del comprobante de pago, la Carta de No Adeudo se emitirá en un máximo de 15 días hábiles.

El “Becario en Incumplimiento” no podrá contar con ningún otro apoyo del Conahcyt en tanto no regularice su situación y obtenga la carta correspondiente.

En caso de dudas o aclaraciones favor de contactarnos al correo electrónico conclusiondebeca@conahcyt.mx

Obtención de grado previo al término de vigencia de la beca

En caso de obtener el grado de manera anticipada, es necesario notificar inmediatamente al Conahcyt, mediante los formatos publicados en la Guía de Becarios Conahcyt.

El procedimiento es el siguiente:

  1. Becas Nacionales: el becario deberá realizar el trámite de cancelación de la beca como “baja por obtención del grado previo al término de la vigencia de la beca” mediante la intervención del Coordinador Académico del Programa de Posgrado y no hacer uso de los depósitos que el Conahcyt efectúe con posterioridad a esa fecha, mismos que deberá devolver al Consejo atendiendo al procedimiento oficial que se le notificará al momento del envío de su solicitud de conclusión de beca. El Coordinador Académico del Programa de Posgrado capturará y enviará la solicitud de baja en el módulo de seguimiento administrativo de becas nacionales del sistema del Conahcyt, conforme al “Instructivo para la captura del seguimiento administrativo”.

    https://www.conacyt.gob.mx/index.php/becarios-nacionales#segadmin
  2. Beca al Extranjero: el becario debe notificar la obtención de grado previo al término de vigencia de la beca a los correos electrónicos seguimientoext@conahcyt.mx y areyes@conahcyt.mx de la Subdirección de Becas al Extranjero.

Recuerde que en ninguno de los casos deberá hacer uso de los depósitos que el Conahcyt efectúe con posterioridad a la fecha de obtención del grado, mismos que deberá reintegrar al Consejo. Una vez recibido el comprobante de pago, la Carta de Reconocimiento se emitirá en un máximo de 15 días hábiles.

Cuando su baja por obtención del grado previo al término de vigencia de la beca quede aceptada en sistema, el becario deberá ingresar su solicitud de conclusión de beca y seguir las instrucciones que le hagan llegar.

En caso de dudas o aclaraciones favor de contactarnos por medio del correo electrónico: conclusiondebeca@conahcyt.mx

Cancelación de la beca

Una beca se considera cancelada cuando el becario incumpla con lo establecido en el artículo 19 o incurra en falta de acuerdo al artículo 25 del Reglamento de Becas.

  1. Becas Nacionales: el coordinador del programa de posgrado, debe solicitar previamente a la Subdirección de Becas Nacionales la cancelación del apoyo; mediante los formatos publicados en la Guía de Becarios; posterior al registro se le considerará como “Becario en Incumplimiento”.
  2. Becas al Extranjero: Una vez que el becario solicite la cancelación del apoyo y la Subdirección de Becas al Extranjero le confirme la aplicación del movimiento al correo electrónico que tenga registrado en la base de datos del Conahcyt, se le considerará como “Becario en incumplimiento”.

Sanciones

El becario en incumplimiento perderá el derecho a ser aspirante a cualquier tipo de apoyo que brinda el Conahcyt, en tanto no haya subsanado el motivo de la cancelación.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿El número de beca es igual al número de becario?
    Como becario Conahcyt, usted cuenta con:
    • Un número de Registro de Becario
    • Un número de Beca y;
    • Un número de CVU que, en ocasiones, coincide con el número de Registro de Becario (Becarios anteriores al 2005)
  2. ¿Qué documento obtengo al realizar el trámite de conclusión de la beca?
    Al realizar su trámite de conclusión de beca se obtiene uno de los siguientes documentos:
    • Carta de Reconocimiento. Documento que se expide a petición del Exbecario por el que se hace constar que cumplió con el objeto para el cual se le otorgó la beca, lo que implica que no tiene adeudos con Conahcyt derivados de ese apoyo. Es requisito para solicitar apoyos posteriores en cualquier programa del Consejo.
    • Carta de No Adeudo. Documento expedido por el Conahcyt a solicitud de parte para acreditar que el becario cuya beca fue suspendida, cancelada con término anticipado o no fue ejercida, ha quedado liberado de responsabilidades económicas frente al Conahcyt. Es requisito para solicitar apoyos posteriores en cualquier programa del Consejo.
  3. ¿Cuál es el tiempo de respuesta del trámite de conclusión de beca?
    El tiempo de emisión de las Cartas de Reconocimiento o de No Adeudo, es de 30 días, en el entendido de que no haya inconsistencias en la documentación enviada, y no correspondan a las Becas CONAHCYT-SENER que por sus características pueden demorar más en ser concluidas.
  4. En caso de no haber obtenido aún el grado ¿Puedo iniciar o realizar el “Trámite de Conclusión de la Beca?
    Es requisito indispensable haber obtenido el grado para realizar el “Trámite de Conclusión de la Beca” y expedición de Carta de Reconocimiento; si no lo ha hecho e ingresa su solicitud, le será rechazada y podrá reenviarla una vez que cumpla con todos los requisitos.
    Si va a tramitar la Carta de No Adeudo, no es requisito haber obtenido el grado, pero debe contactarnos previamente para conocer los pasos a seguir para regularizar su situación.
  5. ¿Puedo participar en una nueva convocatoria sin haber realizado el trámite de conclusión de la beca?
    No, incluso ingresar su trámite al sistema no es garantía de que proceda su conclusión. Será hasta que obtenga su Carta de Reconocimiento o Carta de No Adeudo, que pueda ser sujeto de un nuevo apoyo por parte del Consejo.
  6. Mi carta se encuentra con estatus “para firma” (sistema MIIC) o “aceptada” (sistema PeopleSoft) pero no puedo verla.
    Cuando las cartas se encuentran en ese estatus, significa que el trámite ya fue aprobado y se está recabando la firma de nuestro Director, por lo que el documento se podrá descargar hasta que se encuentre en estatus “autorizada” (MIIC) o se visualice de manera correcta el archivo PDF (PeopleSoft).
  7. ¿Existe una prórroga para realizar el trámite de conclusión de beca?
    No, el tiempo estipulado en el artículo 19 del Reglamento de Beca establece que el trámite debe realizarse dentro de los 12 meses posteriores al término de vigencia de la beca.
  8. ¿El Conahcyt me puede emitir una carta de no inconveniencia o de no objeción para extender mi estancia en el extranjero?
    No, de acuerdo a la información proporcionada por la Dirección de Normatividad, Consulta y Despachos Aduanales del Consejo:
    “El Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías no cuenta con las facultades legales o normativas para emitir disposiciones relacionadas con instrucciones migratorias, esto es, que su jurisdicción se centra en el otorgamiento de becas dentro de los programas y reglamentación que para su efecto aprueban su Órgano de Gobierno”.
    Y con base en la normativa del programa de Becas:
    • Convenio de Asignación de Beca. Cláusulas Cuarta incisos j y k, Décima, Décima novena Reglamento de Becas. en los Artículos 6, 19 fracción IX, X y XI, 27, 28 Y 29.
      Aun cumpliendo con los compromisos adquiridos en su CAB, no es posible expedir dichos documentos.
  9. ¿Cuál es el proceso de reintegro de montos?
    1. Solicitar la(s) línea(s) de captura a Yaris Ana Luisa Cruz Ortega a los correos ycruz@conahcyt.mx y conclusiondebeca@conahcyt.mx.
    2. Realizar el reembolso y enviar la documentación de acuerdo a las instrucciones recibidas por correo electrónico o plataforma.
    3. Las líneas de captura tienen una vigencia que deberá ser respetada para no reiniciar el proceso. Una vez que realice el depósito, le pedimos notificar inmediatamente (el mismo día) al área de Exbecarios a fin de hacer la verificación correspondiente.
    4. Una vez que se verifica el depósito, el Departamento de Exbecarios hace la gestión para aplicar en el sistema la baja correspondiente y emitir la Carta de Reconocimiento o Carta de No Adeudo, por lo que deberá reenviar su solicitud.
  10. ¿Quién expide las líneas de captura?
    La Tesorería de la Federación, tarda un promedio de 15 días hábiles tiempo que no puede ser acortado por el Conahcyt. Cada año se realiza el cierre de presupuesto anual que comprende los meses de noviembre del año en curso a mayo del siguiente año, por lo tanto, en ese periodo no se podrá generar ninguna línea de captura.
  11. ¿El reintegro se puede realizar en pagos diferidos?
    El pago se realiza en una sola exhibición, y conforme a lo establecido en la línea de captura.
  12. ¿Existe fecha límite para regularizar mi situación de becario en incumplimiento?
    Al momento no existe fecha límite para regularizar su situación ante el Consejo por medio del reintegro de montos; sin embargo, no podrá ser aspirante a ninguna otra convocatoria hasta haber concluido satisfactoriamente el o los apoyos pendientes.
  13. En caso de becarios al extranjero ¿el reintegro se realiza en la moneda extranjera en la que fue depositado el apoyo?
    El reintegro se realiza únicamente en Moneda Nacional y específicamente en Bancos Nacionales de convenio con el Conahcyt. El monto se calcula al tipo de cambio del año, mes y día en el que fueron depositados los apoyos.
  14. ¿Se cobran intereses o multas por ser becario en incumplimiento?
    El apoyo que se les otorga es un subsidio, por lo tanto, no se ejerce ningún tipo de interés moratorio o multa, únicamente se debe reintegrar el monto exacto que les fue conferido en caso de no haber obtenido el grado o bien, el monto pagado en demasía.
  15. ¿Debo realizar la solicitud de conclusión de beca, aunque haya reintegrado los montos?
    Sí, además de realizar el proceso de reintegro de montos debe realizar la solicitud de conclusión de beca por medio de la plataforma que le corresponda -MIIC o PeopleSoft-, ya que, a través de ella, se le emitirá la carta correspondiente.
  16. ¿Todos los becarios deben solicitar la línea de captura o en qué casos se debe solicitar?
    Sólo los becarios que se encuentren en los siguientes casos deberán solicitarla:
    1. Becarios cuyo apoyo fue cancelado y desean hacer el reintegro del mismo, a fin de regularizar su situación ante el Consejo y poder ser sujeto de nuevos apoyos.
    2. Becarios que obtienen el grado previo al término de la vigencia de la beca y el mismo no es notificado en tiempo al Consejo, por lo tanto, deben realizar el reintegro de los montos otorgados en demasía.
    3. Preguntas referentes el trámite de conclusión de beca de las convocatorias Conahcyt-Sener.
      Este trámite de conclusión de beca es distinto al trámite que se realiza con las becas tradicionales otorgadas y administradas por el Conahcyt. Además de subir sus documentos a la plataforma se deberá cumplir con lo dispuesto en su Convenio de Asignación de Recursos y las Disposiciones Administrativas de cada Fondo. La beca otorgada se considerará concluida una vez que la Comisión de Evaluación (CEVAL) y el Comité Técnico y de Administración (CTA) del correspondiente dictamine que cumplió con el objeto de la misma, para ello, emitirán un acuerdo de liberación con el que podremos generar las Cartas de Reconocimiento.
  17. ¿Cuándo se reúnen estos Comités?
    Las reuniones de los Comités no tienen fechas específicas a lo largo del año. La Dirección de Becas no tiene injerencia sobre la calendarización de las mismas.
  18. ¿El trámite de conclusión de beca va a cambiar con la extinción de los fideicomisos?
    Hasta el momento, el trámite de conclusión de beca sigue siendo el mismo, aunque nos encontramos a la espera de cualquier actualización que pudiera haber sobre el tema.
  19. ¿Cuánto tiempo tengo para realizar mi trámite?
    El becario cuenta con 24 meses* después del término de vigencia de su beca para cumplir con toda la documentación requerida e iniciar trámite de conclusión de beca. De no hacerlo, quedará con un adeudo ante el Fondo por el total del apoyo recibido, y en tanto no regularice su situación (pago del adeudo) no podrá solicitar nuevos apoyos al Consejo.
  20. ¿Cómo puedo solicitar una prórroga en caso de no poder realizar el trámite de conclusión de beca dentro de los 24* meses posteriores al término de vigencia de la beca?
    Antes de que se cumplan los 24 meses posteriores al término de vigencia de la beca, el solicitante deberá enviar al correo fidex@conahcyt.mx una carta de motivos exhaustiva exponiendo su caso y los motivos por los cuales no ha podido vincularse al sector o no ha obtenido el grado. Dicho documento deberá estar dirigido al Fondo que le
    corresponde –Sustentabilidad Energética o Hidrocarburos-, en formato PDF y firmado por el becario, además de añadir toda la documentación que dé sustento a su solicitud: comprobante de obtención de grado, constancia laboral, recibos de nómina, etc.
    Se le informa que la resolución final a su solicitud quedará a cargo de los Comités y es de carácter inapelable.
  21. ¿Qué pasa si no puedo cumplir con la vinculación al sector?
    El requisito de vinculación al sector es ineludible, por ello se gestionó la ampliación a 24 meses posteriores al término de vigencia de la beca, para que el becario realice el trámite de conclusión sin adquirir el estatus de becario en Incumplimiento y las sanciones que esto conlleva.

Horario de atención

Departamento de Exbecarios:
9:00 a 14:00 horas.

Correo:
conclusiondebeca@conahcyt.mx

Directorio

Liliana González García
Conclusión de Becas al Extranjero
ext. 1313
ligonzalez@conahcyt.mx

Monsserrat Benítez Pérez
Conclusión de Becas Nacionales
ext. 1203
monsserrat.benitez@conahcyt.mx

Ana Alonso Nava
Conclusión de Becas Nacionales
(sistema MIIC)
ext. 1239
aalonso@conahcyt.mx

Marisol Ordaz Martínez
Conclusión de Becas Nacionales
(sistema PeopleSoft)
Ext. 1228
mordazma@conahcyt.mx

Yaris Ana Luisa Cruz Ortega
Cartas de No Adeudo y reintegros
ext. 1502
ycruz@conahcyt.mx

Alejandro de Jesús Briones Peña
Conclusión de Becas CONAHCYT-SENER
ext. 1517
fidex@conahcyt.mx

Angélica Vianney Aguilar Gutiérrez
Jefa de Departamento
ext. 1230
angelica.aguilar@conahcyt.mx

Edwin Ricardo Triujeque Woods
Dirección de Becas
edwin.triujeque@conahcyt.mx