Autor
Mtro. Raymundo Espinoza Hernández
Cargo
Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías
Fecha
23 de octubre del 2023
MENSAJE DE BIENVENIDA AL FORO
Buenos días a todas y todos los presentes. A nombre de la Dra. María Elena Álvarez-Buylla Roces, Directora General del Consejo, les damos la más cordial bienvenida a esta primera sesión del foro “La Suprema Corte de Justicia de la Nación bajo el escrutinio público: El juicio sobre la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación como un punto de inflexión para la ciencia en México”.
En particular, agradecemos la presencia de la Consejera Adjunta de Legislación y Estudios Normativos, la Mtra. Lenia Batres Guadarrama, de la Senadora Ana Lilia Rivera Rivera, de la Diputada María Eugenia Hernández Pérez, y del Secretario Ejecutivo de la CNDH, el Dr. Francisco Javier Emiliano Estrada Correa, así como, de los doctores John Mill Ackerman Rose, David Enrique Merino Téllez, Luciano Silva Ramírez y Fernando Francisco Coronado Franco. Todas ellas personas cuyas contribuciones fueron fundamentales durante la elaboración y deliberación de la Ley, y cuyas intervenciones siguen siendo relevantes para su implementación y defensa.
Introducción. La entrada en vigor e implementación de la Ley General en Materia de HCTI constituye un hito sin precedentes en la legislación nacional en razón de tres motivos fundamentales: por su propósito expreso de superar el horizonte histórico y las malas prácticas del periodo neoliberal; por el excepcional proceso democrático y deliberativo de elaboración de la propia Iniciativa, y por su objeto, que no es otro que desarrollar el derecho humano a la ciencia contemplado en la fracción V del artículo 3° constitucional y garantizar su ejercicio efectivo.
Como bien se sabe, el esfuerzo colectivo detrás de esta renovación del marco legislativo ha tenido siempre un fin claro: consolidar la transformación de las políticas, normas e instituciones a partir de las cuales se desarrollan en nuestro país las actividades en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación a partir del cambio de gobierno en 2018.
Sobre esta base es que, al interior de la comunidad, se alcanzaron consensos básicos e irrenunciables en torno a las obligaciones del Estado en la materia.
Por una parte, la imperiosa necesidad de asegurar que toda persona, de forma individual y colectiva, pueda acceder y ser parte del progreso humanístico, científico y tecnológico de la humanidad, así como gozar de sus beneficios sociales.
Por otra, la importancia de contar con una agenda que contemple los asuntos estratégicos o prioritarios para el desarrollo del país y los temas de interés público nacional o de atención indispensable en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación.
Afectación de intereses económicos y políticos particulares. No obstante, el giro en la política nacional de HCTI ha afectado intereses económicos y políticos de grupos y actores anteriormente privilegiados, que tenían capturado el Conacyt y hacían pasar sus itinerarios y afanes particulares por agendas y objetivos públicos. Son precisamente los grupos y actores que manejaban y se beneficiaban con la legislación y las acciones del antiguo Conacyt quienes han dirigido las protestas e impulsado campañas de desprestigio y desinformación en contra del Consejo y de la transformación del Sistema Nacional de HCTI.
De igual manera, son los otrora ideólogos de la política científica neoliberal quienes oportunamente, al perder legitimidad sus discursos, se asumieron como voceros del statu quo y férreos defensores del corporativismo y los feudos que, bajo dinámicas de élite, controlaban la asignación de recursos y la toma de decisiones del Consejo con criterios ajenos a la investigación científica y el desarrollo tecnológico o su acceso y beneficio social.
Desinformación y politización de sus contenidos. En muchos casos, incluso tratándose de autoridades universitarias y prominentes científicos, quienes han criticado la Ley desconocen su contenido, porque no la han leído o bien porque se han limitado a dar por bueno lo que otros dicen sin verificar su veracidad. También sucede que, como ya he mencionado, hay quienes al ver afectados sus intereses critican la Ley por consigna.
Lo anterior se vuelve evidente cuando se abordan temas específicos como el presupuesto y la prohibición de fideicomisos, la conformación de la Junta de Gobierno y del nuevo órgano de consulta, el Sistema Nacional de Posgrados y la asignación de becas o el Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores.
La estrategia ha sido muy sencilla: se repiten una y otra vez lugares comunes y falacias que rayan en el catastrofismo a través de redes sociales y medios masivos de comunicación de corte conservador y hasta reaccionario.
Presión del PAN (Juan Carlos Romero Hicks). Permítanme compartir con ustedes una anécdota. Durante el proceso legislativo y en atención a propuestas vertidas por la propia comunidad en las sesiones de parlamento abierto o expresadas por los grupos parlamentarios de oposición, la Iniciativa original sufrió más de 250 modificaciones consistentes con su espíritu.
No obstante, ya dentro del proceso legislativo en la Cámara de Diputados, de manera unilateral, el legislador Juan Carlos Romero Hicks del PAN intentó presionar al Conacyt y a los legisladores de Morena para que ciertos contenidos fuesen incluidos en la Ley, con el pretexto de que él era el artífice de la reforma constitucional y bajo la amenaza de impugnarla si no se atendían sus peticiones.
Haciendo eco de las exigencias de la REDNACECyT y del colectivo ProCiencia, el diputado pretendía pactar por fuera del procedimiento legislativo temas como los siguientes: el restablecimiento de los fideicomisos, la concesión de espacios políticos para los organismos locales cercanos y bajo control de su partido o la obligación de transferir recursos federales a las entidades federativas sin compromiso ni responsabilidad alguna. Al no acceder a tales peticiones, su grupo parlamentario comenzó a demeritar y sabotear el proceso legislativo hasta que finalmente hizo efectivo su amago a través de sendas acciones de inconstitucionalidad.
Merced a estas demandas y los continuos cuestionamientos relacionados con el desempeño, los guardaditos y los excesos del Poder Judicial, una vez más, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra bajo el escrutinio público. En particular, el juicio sobre la constitucionalidad de la Ley General en Materia de HCTI constituye un punto de inflexión para el futuro de la comunidad y las actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación en México.
Lo que está en juego en esta decisión es una regresión hacia la ciencia neoliberal o bien la consolidación de un Sistema Nacional de HCTI incluyente y democrático, basado en políticas, normas e instituciones garantes del derecho humano a la ciencia.
¿La Suprema Corte de Justicia de la Nación anulará la Ley y en consecuencia le devolverá validez al marco normativo neoliberal impuesto por el PAN para que los negocios privados y las simulaciones académicas prevalezcan por encima del interés público nacional? O bien, ¿el máximo tribunal de nuestro país respaldará la Ley General en materia de HCTI, un ordenamiento legislativo comprometido con el bienestar social y la atención de los grandes problemas nacionales?
¡He aquí la disyuntiva! La controversia ha llegado a la Corte y el dilema para las y los ministros es inevitable: ¿la ciencia como mercancía o la ciencia como derecho? Ésa es la cuestión.
Al respecto, quisiera destacar brevemente tres puntos altamente significativos para la inminente deliberación en sede judicial:
Proceso participativo. En primer lugar, debemos insistir en que el procedimiento de elaboración de la Iniciativa fue inédito en el sector y supone un valor agregado en el proceso integral de configuración del instrumento normativo. Se privilegió la construcción de consensos y se facilitó la misma deliberación democrática que pretende garantizar el proceso legislativo.
A lo largo de más de cuatro años participaron alrededor de 70 mil personas e instituciones de todo el país, entre académicos e investigadores, instituciones de educación superior, dependencias y entidades de la administración pública y organizaciones de los sectores social y privado.
Para formular la iniciativa del Ejecutivo federal, el Consejo revisó 44 iniciativas de reforma, cuatro iniciativas de Ley y el Decreto del 06 de noviembre de 2020 que reformó la Ley de Ciencia y Tecnología. De igual manera, revisó 193 documentos de especial relevancia, incluyendo 31 informes, estudios y documentos oficiales de carácter internacional, cinco leyes y exposiciones de motivos en la materia, 23 análisis legislativos, 27 estudios de política comparada, seis memorias de eventos relevantes en la materia, 55 diagnósticos y observaciones temáticas, 44 reflexiones interdisciplinarias, una investigación de carácter comparativo sobre la legislación de HCTI en el mundo y un estudio sobre el derecho humano a la ciencia y sus estándares internacionales.
Además, se tomaron en cuenta 135 actividades de consulta y participación del sector público, 224 propuestas y aportaciones generadas en la plataforma de consulta de la institución, 26 actividades independientes de la comunidad de HCTI, 22 reuniones de trabajo con diversos actores del Sistema Nacional, incluyendo representantes de los organismos locales de HCTI, de las organizaciones académicas y empresariales, así como de los Centro Públicos y de las instituciones públicas de educación superior, 174 cuestionarios dirigidos a instituciones y expertos en la materia, tres propuestas de Ley de particulares, 10 opiniones emitidas por distintas Secretarías de Estado, y seis opiniones al Proyecto realizadas por otras instituciones públicas y asociaciones civiles.
Ley progresista. En segundo lugar, se trata de una ley pensada desde un horizonte de derechos humanos, que apuesta por su progresividad y con una clara intención garantista. En este sentido, la Ley es coherente con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y garantiza el derecho humano a la ciencia con base en los más altos estándares internacionales en la materia. En contraste, la ley abrogada no tiene nada que ver con el derecho a la ciencia. No lo reconoce ni lo visibiliza, no lo desglosa ni desarrolla sus contenidos, en consecuencia, tampoco lo garantiza. Devolverle su vigencia sería una medida regresiva.
Efectos jurídicos de su entrada en vigor. En tercer lugar, entre los efectos jurídicos generados por la entrada en vigor de esta Ley se encuentran: la reforma y emisión de 34 ordenamientos jurídicos al interior del Conahcyt y los Centros Públicos, así como la preparación y próxima expedición de otros 4 ordenamientos del Conahcyt y al menos 52 de los Centros Públicos; además de la actualización del Programa Especial de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e innovación; la renovación y fortalecimiento de la Junta de Gobierno y el órgano interno de consulta del Consejo, así como la creación del Sistema Nacional de Centros Públicos; la constitución de derechos a favor de estudiantes que reciben becas y apoyos, de investigadores que son reconocidos en el SNII y de personas e instituciones que reciben financiamiento para el desarrollo de proyectos multianuales; el establecimiento de compromisos económicos para los siguientes años y la generación de obligaciones de diverso tipo a cargo de diferentes autoridades que constan en convenios, contratos y cartas de intención, entre otros instrumentos normativos; además de la consolidación de una estrategia nacional de acceso a la información en materia de HCTI.
Finalmente, comparto con ustedes algunos datos significativos que evidencian el antes y el después de la entrada en vigor de esta primera Ley General en Materia de HCTI:
Becas de posgrado y apoyos
2018: 84,547 becas
2023 (estimado): 90,000 becas
Incremento estimado del 6.4%, equivalente a 5,453 becas más
Estancias posdoctorales nacionales
2018: 691 estancias
2023 (corte a junio): 3,682 estancias
Incremento del 432%, equivalente a 2,991 estancias más
Becas a médicos especialistas
2017: 815 becas
2023 (corte a junio): 1,578 becas
Incremento del 93.7%, equivalente a 763 becas más
Becas a madres jefas de familia
2018: 2,693 becas
2023 (corte a junio): 3,071 becas
Incremento del 14%, equivalente a 378 becas más
Sistema Nacional de Posgrados
2018: 2,346 posgrados
2023: 3,274 posgrados
Incremento del 39.5%, equivalente a 928 posgrados más
Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores
2018: 28,633 miembros
2023: 41, 330 personas con reconocimiento del SNII
Incremento del 44.3%, equivalente a 12,697 miembros más
Mujeres Eméritas del SNII
2019: 41 eméritas
2023: 142 eméritas
Incremento del 246.3%, equivalente a 101 eméritas más
Reconocimiento en el SNII a investigadores del Tecnológico Nacional
2018: 118 miembros
2023: 1,526 miembros
Incremento del 1,193%, equivalente a 1,408 miembros más
Presupuesto (millones de pesos, recursos fiscales)
Anexo 12 (todo HCTI)
2018: $76,776.5 mdp
2023: $108,487.6 mdp
Incremento del 41.3%, equivalente a 31,711.1 mdp más
Ramo 38 (Conahcyt y Centros Públicos)
2018: $27,225.9 mdp
2023: $31,655 mdp
Incremento del 16.3%, equivalente a 4,429.1 mdp más
Conahcyt
2018: $21,438 mdp
2023: $24,602.6 mdp
Incremento del 14.7%, equivalente a 3,164.6 mdp más
Becas
2018: $10,100 mdp
2023: $13,138.6 mdp
Incremento del 30.1%, equivalente a 3,038.6 mdp más
SNII
2018: $5,000 mdp
2023: $8,097.1 mdp
Incremento del 61.9%, equivalente a 3,097.1 mdp más
Conclusión. Éstos son hechos y no palabras ni opiniones, y por estos hechos es que la primera Ley General en Materia de HCTI debe conservar su vigencia y mantenerse como un astro luminoso que guía y contribuye a la transformación de la sociedad y del sistema jurídico de nuestro país hacia un horizonte posneoliberal de mayor igualdad y bienestar para el pueblo de México.