Aclaraciones sobre el comunicado de Coparmex sobre iniciativa de Ley General en materia de HCTI

Autor
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Fecha de publicación
11 de abril de 2023

Categoría
Comunicado

El pasado 27 de marzo, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) publicó en su página electrónica y en sus redes sociales el comunicado titulado “México necesita actuar para impulsar la ciencia, las tecnologías y la innovación”, el cual contiene imprecisiones sobre la iniciativa de Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGMHCTI) presentada el 13 de diciembre de 2022 por el titular del Ejecutivo federal. Al respecto, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología hace de conocimiento público las siguientes aclaraciones:

1. El comunicado de la Coparmex sostiene que la propuesta legislativa “es una ley centralista ya que, desde una Junta de Gobierno, designada directa e indirectamente por el Ejecutivo federal, emanarán todos los planes y prioridades. Es decir, se borra de un plumazo la positiva inclusión de los estados y municipios” (sic). 

La iniciativa de ley no propone que la Junta de Gobierno se integre exclusivamente por representantes del Ejecutivo federal. De hecho, el artículo 64 contempla la participación — con voz y voto— de seis representantes de la comunidad académica y de los sectores social y privado, invitados por la Dirección General de Conacyt.

Actualmente, la participación de las personas que no son parte de la Administración Pública Federal (APF), así como de los dos representantes del sector productivo a la Junta de Gobierno del Conacyt, se da, igualmente, por invitación, en cumplimiento del artículo 5º de su Ley Orgánica, sin que dicho proceso se haya calificado como centralista por la Coparmex.

Esto obedece a que la ley no obliga a los particulares a asumir las responsabilidades que implica formar parte del órgano de gobierno de Conacyt, pues respeta la libertad que gozan para rechazar, si es el caso, la invitación. En cambio, las instituciones públicas no pueden rechazar su integración en el órgano de gobierno, ni los servidores públicos pueden dejar de asistir a las sesiones que las representen, ya que esa omisión sería objeto de responsabilidades administrativas.

La afirmación de la Coparmex en torno a que “se borra de un plumazo la positiva inclusión de los estados y municipios [en la Junta de Gobierno]” es falsa, ya que ni las entidades federativas ni los municipios han estado representados en la Junta de Gobierno del Conacyt, así como el Conacyt tampoco lo está en los órganos de gobierno de las entidades federativas, en pleno respeto a los respectivos ámbitos de competencia. 

La iniciativa de ley en materia de HCTI no otorga facultades a la Junta de Gobierno para tomar decisiones por las entidades federativas, los municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; sin embargo, sí establece una distribución de competencias que permiten a cada orden de gobierno formular, ejecutar y evaluar con autonomía sus respectivas políticas públicas en materia de HCTI, mediante mecanismos de coordinación, colaboración y concurrencia que facilitarán el cumplimiento de metas y obligaciones en la materia.

2. El comunicado de la Coparmex considera que es “… un retroceso que no se contemple la participación de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior; del Foro Consultivo Científico y Tecnológico; así como de los investigadores del Sistema Nacional de Investigadores y de los representantes del sector productivo en su construcción y en la operación misma del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que se pretende crear” (sic).

La iniciativa de ley en materia de HCTI no contempla a ningún particular como representante de la comunidad, ni de los sectores social y privado ante la Junta de Gobierno del Consejo Nacional, con el objeto de que haya una rotación y renovación periódica de quienes los representen para garantizar el carácter plural e incluyente de la Junta de Gobierno. 

No obstante, tanto la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior, A.C. (Anuies), como otras organizaciones y empresas de los sectores social y privado, están reconocidas en el artículo 24 de la iniciativa como actores relevantes del Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (SNHCTI). De igual manera, contempla en sus artículos 29 y 68 la participación sin mediaciones de la comunidad académica, así como de los sectores social y privado en los órganos consultivos, tanto del Consejo Nacional como de las entidades federativas.

La iniciativa promueve y facilita la participación sin mediaciones, no porque se guíe bajo “paradigmas ideológicos”, como afirma la Coparmex, sino porque es congruente con los principios democráticos que rigen al Estado mexicano, lo que implica poner las instituciones públicas al alcance de la población en general y no sólo de unas cuantas personas u organismos que se arroguen representaciones ficticias.

Es falso que la iniciativa acote la participación de la comunidad y de los sectores social y privado en la operación del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías; al contrario, facilita su vinculación directa y plural con las autoridades de las entidades federativas y el gobierno federal. 

3. La Coparmex acusa que “no tiene razón de ser la militarización de la política de ciencia y tecnología. No hay motivos que justifiquen la incorporación de la Secretaría de la Defensa Nacional en el Consejo Nacional, tanto por el objeto como por los fines que persigue” (sic).

Es falso que la iniciativa de ley “militarice” la política pública de HCTI. La inclusión de las Secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar) en la Junta de Gobierno del Consejo Nacional obedece a que ambas dependencias ejercen recursos del presupuesto federal destinado para actividades de HCTI. Además, existe estrecha colaboración institucional con el Conacyt orientada a la atención de problemáticas nacionales, como el arribo masivo de sargazo a las playas mexicanas, entre otras. Incluso, en sexenios anteriores se constituyeron fideicomisos en colaboración con cada una de estas dependencias sin que la Coparmex o ninguna otra organización denunciaran la supuesta “militarización” de la política pública en la materia.

4. El comunicado de Coparmex consigna sin rigor que la iniciativa “creará discrepancias con la autonomía de las universidades y desincentiva las acciones que puedan realizar las entidades federativas y el sector privado en materia de inversiones en investigación, innovación y desarrollo tecnológico. Es un contrasentido a las mejores prácticas internacionales” (sic).

La iniciativa en materia de HCTI establece explícitamente en sus artículos 9, 11 y 80, la obligación de respetar la autonomía que reconoce la ley a las universidades e instituciones de educación superior y en los artículos 9, fracción X, 20, 32, 33, fracción VI, 39, 41, 47, fracción II, 48, 49, 50, 56 y 57 promueve la concurrencia del sector privado en el financiamiento de las actividades en materia de HCTI.

5. En relación con la propiedad intelectual, la Coparmex difunde de manera errónea que “la iniciativa de ley es contradictoria con el marco legal existente”, ya que la iniciativa de Ley General en materia de HCTI establece en el artículo 33, fracción IX, como una de las bases que rigen la obligación del Estado mexicano de fomentar y apoyar las HCTI, que los derechos de propiedad intelectual relacionados con los resultados obtenidos por las personas beneficiarias de los apoyos otorgados por el Estado responderán al interés público nacional y al bienestar del pueblo de México, en los términos de la propia ley y de la normativa aplicable.

Por otro lado, el artículo 36 establece que los derechos de autor y propiedad industrial derivados de actividades y proyectos en materia de HCTI financiados con recursos públicos, a través del Conacyt, deberán redundar y reservarse para el bienestar del pueblo de México. Asimismo, contempla las bases para la participación del Consejo Nacional en los derechos de propiedad intelectual derivados de dichos proyectos y actividades, en términos de lo establecido por la legislación en materia de derechos de autor y propiedad industrial, así como de los tratados internacionales en materia de propiedad intelectual de los que México es parte.

La iniciativa respeta los derechos morales, así como los acuerdos a los que puedan arribar las partes sobre los derechos patrimoniales y la entrega de regalías y licencias. Lo que propone es consistente con la legislación y demás normativa nacional e internacional en materia de propiedad intelectual. 

6. En cuanto a que la Coparmex considera que “los criterios que se contemplan para la asignación de becas para estudiantes pueden generar desventajas si se toma como base el criterio de las disciplinas, lo cual generaría un desajuste en la política pública de investigación”, es necesario recordar que en el periodo neoliberal se propició la fragmentación de los esfuerzos públicos y la falta de un horizonte común y de objetivos estratégicos claros a partir del otorgamiento de becas de posgrado mediante mecanismos que obedecieron predominantemente a arreglos políticos e intereses económicos, que a un criterio académico efectivo, basado en el rigor epistemológico de los programas de posgrado y la garantía universal de los derechos humanos a la educación y la ciencia.

Derivado de ello, muchos posgrados con auténtica vocación humanística o científica quedaron fuera de la asignación de becas en perjuicio de las y los estudiantes, del desarrollo científico y tecnológico del país, así como del interés público nacional, tolerando la simulación al apoyar programas profesionalizantes, en particular de universidades e instituciones de educación superior del sector privado, poco o nada vinculados a la investigación. 

En este sentido, el apoyo de Conacyt sirvió como señuelo de mercado para atraer clientes cautivos que, con el subsidio público que recibían, pagaban costosas cuotas por concepto de inscripción, colegiaturas o análogos. Así, mientras se dejaron total o parcialmente sin apoyo algunos programas de posgrado en áreas como la salud, las matemáticas o la historia, entre otras de igual relevancia, Conacyt promovía un esquema de negocios basado en la mercantilización de la educación y la ciencia, en vez de una política de Estado orientada al interés común.

Contrario a todo ello, la iniciativa de Ley General en materia de HCTI garantiza en su artículo 39, el acceso universal a becas a estudiantes de posgrados públicos orientados a la investigación en todas las áreas del conocimiento, así como aquellos estudiantes que cursen posgrados profesionalizantes en áreas prioritarias para el desarrollo nacional. De igual manera, promueve que las instituciones privadas no cobren colegiaturas o conceptos equivalentes a sus estudiantes que sean becados por Conacyt, reivindicando el interés público para garantizar el derecho de las y los mexicanos a la educación.

7. La Coparmex llama a que se escuchen todas las voces y sectores, a que el Parlamento Abierto que ha habilitado el poder Legislativo no sea una “mera formalidad o un diálogo de sordos” y consigna que la propuesta “debe ser una reforma aprobada por consenso, no una iniciativa al vapor”.

Se aclara que, a través de conversatorios, foros de consulta, mesas de diálogo, foros regionales y temáticos, cuestionarios, entre otros, Conacyt ha promovido desde 2019 la participación directa de los diversos actores del sistema nacional de HCTI, así como de todas las personas interesadas en el tema, incluyendo al sector productivo y, en particular, a representantes de la Coparmex, además de considerar las actividades realizadas directamente por las múltiples comunidades de HCTI en el país.

Durante el proceso de interlocución y construcción de acuerdos se estima que participaron alrededor de 70 mil personas, organizaciones e instituciones de los sectores público, social y privado, cientos de los cuales fueron miembros de comunidades estudiantiles, de personas egresadas, docentes, investigadoras e investigadores. Además, en la legislatura pasada, el poder Legislativo organizó diversas reuniones de Parlamento Abierto con sesiones adicionales para que las comunidades nacionales de HCTI expresaran nuevamente su parecer.

Considerar que la iniciativa del Ejecutivo federal es una propuesta “hecha al vapor” es una falta de respeto a miles de profesoras y profesores, estudiantes de posgrado, investigadoras e investigadores, autoridades académicas, personal de los Centros Públicos de Investigación, organizaciones de los sectores social y privado y demás integrantes de las comunidades de HCTI de todo el país que, a lo largo de este proceso, participaron con su tiempo y aportaciones en un ejercicio sin precedentes en el sector para la construcción colaborativa de la iniciativa en comento.

8. En el comunicado la Coparmex declara que “nadie es mejor que todos juntos. Debemos trabajar en equipo. Por ejemplo, Corea del Sur ofreció incentivos para fomentar la innovación y la investigación y desarrollo, como la exención de impuestos para empresas que invirtieron en I+D. Hoy, incluso en China donde el gobierno tiene una clara visión centralista, el sector empresarial es el motor de la innovación, no es el gobierno; y en Japón las autoridades adoptaron un rol de facilitadoras de estas tareas” (sic).

Ante esta afirmación, Conacyt ha expuesto en múltiples ocasiones la necesidad de que el sector privado incremente su inversión en materia de HCTI. En México sólo el sector público ha asumido esta responsabilidad, especialmente la federación; por ello, la iniciativa de ley en materia de HCTI promueve la concurrencia, no sólo de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, sino también de los sectores social y privado.

Además, el artículo 56 establece la obligación del gobierno federal de fomentar la inversión del sector privado mediante incentivos al financiamiento y facilidades administrativas, y el artículo 57 se refiere al estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

9. Cabe señalar que, de 2019 a la fecha, la Coparmex ha conocido los anteproyectos de la iniciativa y ha participado con opiniones y propuestas de manera directa en al menos cuatro reuniones de trabajo convocadas por el Conacyt a través de la Dirección Adjunta de Desarrollo Tecnológico, Vinculación e Innovación; en cuatro sesiones de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico; y, a través del Consejo Coordinador Empresarial y del propio Foro Consultivo Científico y Tecnológico, en cuatro sesiones del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

El Conacyt celebra la crítica y todas las opiniones respecto a la iniciativa de Ley General en materia de HCTI, pero hace un llamado para que éstas se realicen de manera fundada y honesta, y para que, en el marco de la discusión de la iniciativa en la Cámara de Diputados, se dejen de lado intereses particulares que, por legítimos que sean, no se deben anteponer al interés público. 

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