- LGHCTI destaca por su innovación en el desarrollo y consolidación del derecho humano a la ciencia, así como por su carácter integral y enfoque plural, participativo, incluyente y transversal
- Conahcyt promueve las HCTI bajo principios de interculturalidad y equidad epistémica, impulsando el diálogo de saberes y la producción horizontal y transversal del conocimiento
- Investigadoras del INAH afirman que las HCTI deben adecuarse a las realidades socioculturales de las comunidades, para favorecer el acceso universal al conocimiento
Autor
Consejo Nacional de Humanidades Ciencias y Tecnologías
Fecha de publicación
9 de agosto de 2023
Categoría
Comunicado 413
Por primera vez en México, la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI) reconoce los saberes de los pueblos originarios bajo los principios de inclusión, pluralidad e interculturalidad, promoviendo la participación activa de los pueblos indígenas en la consolidación del Sistema Nacional de HCTI.
En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), en relación con la primera LGMCTI y en congruencia con el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos —relativo al reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas— reafirma el compromiso ineludible de implementar políticas públicas nacionales que prioricen la justicia y la inclusión social.
En un hecho sin precedentes, el quehacer y la vocación de las HCTI en México contempla y profundiza la obligación del Estado (artículo 11, fracción XX de la LGHCTI) de preservar las lenguas indígenas, su reivindicación, inclusión y uso en todos los ámbitos de las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación, en confluencia con el español y las lenguas extranjeras.
El profesor-investigador de El Colegio de San Luis (Colsan), Francisco López Bárcenas, coincide en que es una reivindicación histórica de los pueblos que la LGHCTI reconozca a las lenguas indígenas como categorías similares al español y las lenguas extranjeras en relación con la producción, difusión y uso de los conocimientos científicos y de innovación tecnológica, lo cual implica retos conceptuales, pues las lenguas, aparte de comunicar, también nos dan a conocer una idea del mundo de quienes las usan.
De igual forma, el artículo 11 establece que las bases para formular, ejecutar y evaluar las políticas públicas estarán ceñidas a la promoción de la pluralidad epistémica, reconociendo la diversidad y el valor de los conocimientos tradicionales, así como el uso de categorías propias, sus formas de producirlos y sus múltiples utilidades sociales.
Además, la LGHCTI mandata la protección pertinente de todas las formas del conocimiento favoreciendo siempre el interés público nacional. Asimismo, la salvaguarda, a través de todos los medios posibles que aseguren su preservación social y colectiva, del conocimiento generado por los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanos, campesinos y equiparables en los ámbitos de las HCTI.
Para las investigadoras del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Amparo Sevilla Villalobos y Maya Lorena Pérez Ruiz, dichos principios establecidos en la ley “explicitan coherencia de sus contenidos y orientación de su aplicación, creando un marco que regirá al conjunto de políticas del país para dar prioridad a resolver problemas nacionales a favor del bienestar de la población; a la vez que contempla la amplia participación de la comunidad y la concurrencia institucional.”
“La LGHCTI destaca por su innovación de carácter integral, su enfoque plural, participativo, incluyente y transversal. Su énfasis en la necesidad de reducir las desigualdades sociales y económicas, con equidad género y bajo el enfoque de responsabilidad ética, social y ambiental de derechos humanos e intercultural”, afirma Sevilla Villalobos en un seminario virtual del Conahcyt que analiza cada uno de los artículos que forman parte de la ley y que será publicado en 2024.
Añade que la LGHCTI reivindica los valores de inclusión e interculturalidad que deben permear en la investigación humanística y científica y en el desarrollo de innovaciones tecnológicas, adecuándose a las realidades y contextos socioculturales de las comunidades, para favorecer el acceso universal al conocimiento y sus beneficios sociales.
“Lo anterior, para fomentar con rigor epistémico la interculturalidad, el diálogo de saberes, la producción horizontal y trasversal del conocimiento, el trabajo colaborativo, la solidaridad, el beneficio social y precaución, así como la adecuación cultural y la seguridad humana y ambiental de sus aplicaciones tecnológicas.”
La LGHCTI en su artículo 10º, contempla como uno de los principios de las políticas públicas en la materia, que éstas deben fomentar en las actividades de HCTI la inclusión, pluralidad y equidad epistémicas, la interculturalidad, el diálogo de saberes, la producción horizontal y transversal del conocimiento, el trabajo colaborativo, la solidaridad, el beneficio social y la precaución.
Al respecto, Amparo Sevilla y Maya Lorena Pérez coinciden en que, “de esta forma, se podrá impulsar una investigación intercultural y participativa que fortalezca y ponga en marcha las aportaciones de los sistemas locales de HCTI, respetando su libre autodeterminación y autonomía, con principios éticos, para hacer efectivos los principios de esta ley”.
Asimismo, el Conahcyt, mediante la LGHCTI, pretende asegurar no sólo la inclusión y no discriminación en los espacios de generación de conocimiento; sino en los espacios laborales y de emprendimiento HCTI, sin excluir a otros grupos etarios, mediante el diseño e implementación de acciones afirmativas que contribuyan a la equidad social y a la reducción de las desigualdades sociales, culturales y económicas, en las actividades de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación.
Por otra parte, la agenda nacional, estrategia que establece las líneas de acción en torno de los asuntos estratégicos o prioritarios para el desarrollo del país y los temas de interés público, incluye las propuestas generadas por los pueblos y comunidades indígenas, sin menoscabo de la libertad de investigación ni de la autonomía que reconozca la ley a las universidades e instituciones públicas de educación superior.
De igual forma, la LGHCTI reconoce abierta y firmemente la integración de pueblos y comunidades indígenas, afromexicanos, campesinos y equiparables en el Sistema Nacional HCTI, que realicen o participen en actividades en la materia, promuevan el acceso universal al conocimiento humanístico y científico y a sus beneficios sociales o reciban apoyos públicos para tales efectos.
Para Conahcyt, la preservación de los valores y saberes indígenas, su reivindicación, inclusión y uso en todos los ámbitos de las HCTI, respetando sus formas de producirlos y sus múltiples utilidades sociales, representa una oportunidad histórica para garantizar y proteger los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, en beneficio de todo el pueblo de México.
Coordinación de Comunicación y Cooperación Internacional
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