El Conacyt anuncia el programa de Estímulos Fiscales a la Investigación y Desarrollo Tecnológico EFIDT 2020

Comunicado 153

  • Se trata de un estímulo acreditable contra el ISR y podrá ejercerse en un periodo de hasta 10 años.
  • El monto del estímulo no excederá los 50 millones de pesos por contribuyente.
  • La totalidad del estímulo fiscal para este Programa no excederá 1,500 millones de pesos.
  • Se otorgará un puntaje adicional a los proyectos que coincidan con los objetivos de los Programas Nacionales Estratégicos (Pronaces) del Conacyt.

Ciudad de México, a 8 de abril de 2020.

Con el propósito de estimular la inversión privada en los sectores de Ciencias, Tecnologías e Innovación y apoyar a las empresas que están enfrentando situaciones retadoras este año por la contingencia COVID 19 y otros factores económicos en México y el mundo, el pasado 30 de marzo el Conacyt abrió la plataforma del Programa de Estímulos Fiscales a la Investigación y Desarrollo Tecnológico (EFIDT). Las empresas interesadas deberán presentar proyectos específicos para recibir un apoyo gubernamental, a través de reducciones en el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR). Se trata de un programa conjunto en el que, además del Conacyt, participan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría de Economía (SE) y el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Para participar, los contribuyentes interesados en recibir el beneficio fiscal referido en el Art. 202 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El estímulo se otorgará a través de un crédito fiscal al contribuyente que realice gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnología (IDT) y será acreditable contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR), mismo que podrá ejercerse durante un periodo de hasta 10 años.

Por primera vez, la evaluación técnica considerará aspectos como el nivel de maduración tecnológica de las propuestas y el nivel de maduración proyectado al momento de concluir el proyecto. Asimismo, será tomado en cuenta el mérito tecnológico; la evidencia de esfuerzos que demuestren su factibilidad y pertinencia; el perfil del proponente; la calidad en la estructuración de la iniciativa, y la capacidad técnica del equipo de trabajo.

El proceso de evaluación abarcará la revisión técnica simultánea de cada proyecto, realizada por evaluadores expertos, miembros del Registro de Evaluadores Acreditados (RCEA); además de sesiones de consenso, en caso de que surja alguna aclaración con relación a las propuestas. El proceso también implicará el dictamen técnico de una Comisión de Evaluación, y el dictamen de procedencia técnica, por parte del Grupo de Análisis Estratégico que designará el Conacyt.

También se verificará y determinará si el proyecto se encuentra alineado con alguno o varios de los 14 Programas Nacionales Estratégicos (Pronaces) del Conacyt, que se relacionan con problemas prioritarios de nuestro país y se encuentran relacionados con la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas, que se presentan a continuación:

  • Salud
  • Agentes tóxicos y procesos contaminantes
  • Conocimiento y gestión de cuencas de agua
  • Cambio climático y calidad del aire
  • Ciudades sustentables
  • Educación para la inclusión y la paz
  • Memoria histórica y riqueza biocultural
  • Movilidad y derechos humanos
  • Prevención de riesgos y desastres
  • Sistemas socio ecológicos y sustentabilidad
  • Soberanía alimentaria
  • Transición energética
  • Violencias estructurales
  • Vivienda sustentable y pertinente, cultural y ambientalmente

Los proyectos que presenten una propuesta de investigación que atienda alguna problemática nacional asociada con los Pronaces y que, además, desarrollen soluciones integrales, podrán obtener cinco puntos adicionales en la calificación del Dictamen de Procedencia Técnica.

Podrán participar todos los contribuyentes del ISR que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser contribuyentes, de todos los tamaños, que demuestren al menos tres años de experiencia en la realización de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Que los proyectos presentados no estén siendo apoyados por otro programa del Conacyt.
  • Estar al corriente con el pago de impuestos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
  • Estar registrado en el RENIECYT y contar con número actualizado.
  • No estar bajo algún régimen fiscal especial, de acuerdo al Art. 182, 187 y 202 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
  • Aquellos proyectos cuyo monto tenga un incremental respecto al promedio de gasto en IDT de los tres años anteriores.

El calendario del Programa de Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología (EFIDT) 2020 es el siguiente:

Apertura del sistema30 de marzo de 2020
Cierre del sistema29 de mayo de 2020
Notificación de proyectos beneficiados y montos autorizados1 de octubre de 2020

La propuesta deberá contener el planteamiento de la hipótesis, las posibles soluciones y su metodología, así como los resultados esperados de conformidad con los Lineamientos de Operación emitidos por el Conacyt.

Los proponentes deberán ingresar a la plataforma en línea del Conacyt https://www.conacyt.gob.mx/index.php/fondos-y-apoyos/estimulo-fiscal-a-la-investigacion-y-desarrollo-de-tecnologia-efidt y llenar formulario de solicitud respectivo.


Comunicado 153/20
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