Con relación a diversas notas periodísticas y espacios de opinión en los que se señala que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) realizó algunas auditorías en las que emitió varias recomendaciones y promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria al Conacyt, se informa que a la fecha este Consejo no ha recibido notificación alguna de tales procedimientos. Se precisa que, en caso de recibir dichas notificaciones, el Conacyt cuenta con 30 días hábiles para dar respuesta, en tiempo y forma, a los requerimientos.
Título de la nota
Conacyt, con irregularidades por 1,335.4 mdp durante 2020
Medio
La Silla Rota
Autor
Mariluz Roldán
Fecha
28 de octubre de 2021
Asimismo, varias fuentes periodísticas señalan, de manera errónea, que el Conacyt incumplió con los términos del Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones relacionadas con la extinción de fideicomisos, al supuestamente haber comprometido recursos adicionales con cargo al patrimonio de los fideicomisos en fecha posterior al 6 de noviembre de 2020. Lo anterior es absolutamente falso.
Todos los compromisos adquiridos en los fideicomisos y que fueron aprobados por las y los miembros de los Comités Técnicos y de Administración (CTA) corresponden a fechas previas a la entrada en vigor del Decreto (7 de noviembre de 2020). Sin embargo, es preciso señalar que la publicación de resultados de convocatorias, la formalización administrativa de los apoyos y la ministración de los recursos comprometidos tuvieron lugar antes del 30 de junio de 2021, lo cual se ciñe a lo establecido en el Decreto antes mencionado.
En conclusión, las obligaciones asumidas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto no sólo son las que ya habían sido formalizadas o ministradas (pagadas), sino también aquellas que se hubiesen aprobado en los acuerdos de los CTA hasta antes de la entrada en vigor del Decreto, en las que se comprometieron recursos con cargo al patrimonio de los fideicomisos.
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